RÁBULAS

RÁBULAS

Por cuenta de la constitución del 91 que creó una serie de herramientas legales para lograr vía judicial el cumplimiento del estado y los conciudadanos con sus deberes y obligaciones  con los derechos  que la carta y las leyes les conceden.

Como se dice popularmente algunas “se han pasado de calidad”, más concretamente las acciones populares falladas en muchos casos violando normas contempladas en la misma carta y las leyes con las cuales deben sustentar sus fallos los jueces correspondientes. Se habla de empresas conformadas por parásitos dispuestos a vivir buscando rincón por rincón lo que ellos consideran no cumplen con normas urbanísticas o están fuera de lo que ellas contemplan en muchos casos caprichosamente. Entre las perlas que se conocen se pueden enumerar la aplicada a un establecimiento comercial por  tener instalada una valla por generar contaminación visual, obligándolo a pagar el sustento de los dráculas del derecho, la norma de prohibir las vallas y pasacalles se decidió porque adicionalmente daban mal aspecto y afeaban la ciudad, pero con permiso de  quienes decretaron la norma a raíz de la campaña para elegir directorios departamentales y candidato presidencial por el partido liberal la ciudad fue invadida de estos elementos que incluían foto de los candidatos, sería que sus rostros fueron catalogados como de exposición y darían el toque mágico de belleza que nuestras  deterioradas vías necesitaban?.Otro caso fue el que ocurrió con un establecimiento ubicado en la carrera 34 con calle 52 por no contar con parqueadero fue obligado a cerrar, pero a los pocos días se autorizó el funcionamiento de otro negocio similar sobre la misma calle, y de otras actividades de comercio que tampoco ofrecen zonas de parqueo. A un centro médico no sin antes cobrarle la mesada  obtenida por el rebusque de estas asociaciones de tinterillos, se le obligó a empradizar la zona dura que a manera de parqueo allí existía para evitar la saturación de las vías aledañas, una vez cumplido el mandato judicial, apareció uno nuevo que obligaba a  reconvertir en zona dura  la anteriormente obligada a eliminar pues los centros médicos deben por norma contar con  3 parqueos como mínimo prevaricando quienes dictaron injustamente las resoluciones anteriores. Surgen dudas cuando vemos como se permite a establecimientos dedicados supuestamente a  actividades similares como los de la calle 51 entre carreras 38 y 40, se han apoderado de los dos costados para el estacionamiento de sus clientes, congestionando una vía de alto tráfico. La perla mayor fue la resolución que obligó a la tala de centenarios arboles en los Lagos del cacique para privilegiar a un caminante matutino   a quien el esfuerzo de cruzar la vía y transitar por el otro andén  a cambio de conservar la naturaleza que por cuenta del modernismo y caprichos de depredadores  escasea en la ciudad a manera de aporte al calentamiento global. Las manifestaciones de quienes se dicen protectores de la fauna animal, perros gatos, elefantes y hasta de zancudos (la fumigación ya no existe)  no se dejaron ver y sentir pese a que se atentaba contra el medio ambiente en una de sus manifestaciones para proporcionar mayor calidad de vida. Todo lo que a diario vemos  con resoluciones amañadas como las descritas generan en la ciudadanía sospechas  sobre la existencia de alianzas entre quienes denuncian y los que dictan fallos, abrazados a una constitución que merece ser revisadas en estas normas jurídicas dictadas para defensa del ciudadano. En muchos casos se acierta pero la existencia de  contradicciones en lo actuado denota   comercialización del derecho.

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  1. Cordial Saludo,

    Con gran admiración y estupefactos quedamos en nuestra familia, de ver en la forma en que se trata a nosotros los arrendatarios, es decir a los que tomamos en arriendo algún bien inmueble. Precisamente, gestionando en la Arrendadora SOTO, un inmueble para vivienda, al hacer la visita de la casa, encontramos estos detalles:
    Plafones de sistema de iluminación, quemados y por fuera de sus cajas respectivas, es decir colgando.
    Tapas de Inodoros en estado de Putrefacción, Insalubres.
    Inodoros con Lama verde dentro de las tasas.
    Ventanas sin seguridad.
    Baños Sin Celosías, es decir escuetos al aire libre.
    No existen tendederos de Ropa.
    La placa de la nomenclatura es de Madera hecha con pintura a mano.
    No existen bombillos en la puerta de la calle. Etc.,..etc.

    Pero mas aun, para gestionar el “Estudio de la documentación” es obligatorio cancelar $37.000,00 no reembolsables. El “Estudio” de la documentación, no es garantía de la aceptación de los documentos para tomar el inmueble.

    Se piden fiadores, con finca Raíz y con Ingresos superiores a 2’000.000,00.

    No se permiten abrir un negocio de tienda en un garaje de la casa, que supuestamente es habitación, con salida a la calle. Solo se puede utilizar para vivienda. Los propietarios, exigen la toma del inmueble en las condiciones en que están, y la arrendadora asegura al cliente, con posiciones dominantes, y poderes de embargo en caso de demoras incluso por un mes de retardo.

    Nosotros nos Preguntamos, CUALES SON LOS DERECHOS DE U ARRENDATARIO, Y HASTA DONDE LLEGAN LAS OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS DE LOS INMUEBLES..QUE LEYES RIGEN Y COBIJAN ESTE TIPO DE NEGOCIOS?.

    Cordialmente, JAIME ACUÑA JIMENEZ CC. 13’462.816.

    Jaime Acuña Jimenez
    Gerente
    Servicios Técnicos de Mantenimiento STM EU.
    Móvil: 311 – 49 288 61; 316 – 86 80 359.
    Tel: +57 (7) 6772650 Bucaramanga Santander
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